Imagínate obtener un dinero periódico por tu casa y poder seguir utilizándola depor vida. Esa es la promesa de una renta inmobiliaria vitalicia, una solución similar a la venta de la nuda propiedad de la casa, solo que con ciertos matices.
En las siguientes líneas verás cuáles son esas ventajas y desventajas de una renta inmobiliaria vitalicia, en qué consiste, cómo funciona y cuándo puede tener sentido.
¿Qué es una renta inmobiliaria vitalicia?
La renta vitalicia inmobiliaria es un contrato firmado ante Notario mediante Escritura Pública y recogido en el Código Civil desde 1889. Formalismos aparte, esta figura permite al propietario de una vivienda vender la nuda propiedad de la misma garantizándose el usufructo de la misma hasta el fallecimiento.
Dicho de otra manera, una persona mayor de 65 años puede vender la titularidad de su vivienda a una entidad y vivir en la misma mientras viva recibiendo durante todos esos años un pago mensual o anual. Eso sí, en el momento del fallecimiento del titular o titulares, la propiedad pasaría por completo – con la nuda propiedad y el usufructo – a ser de la entidad.
Modalidades de renta vitalicia inmobiliaria
Aunque ya sabes en qué consiste en esencia la renta vitalicia inmobiliaria, también debes ser las tres posibilidades que existen a la hora de articular este contrato con una entidad o una tercera persona.
En primer lugar, existe la Renta Temporal Clásica, que consiste en prefijar un periodo de años por el cual el propietario de la vivienda recibirá un pago mensual. En lugar de firmarlo hasta el fallecimiento. En el momento en el que se cumpla el tiempo, la persona deja de tener también el usufruto de la casa.
En segundo lugar, aparece la más frecuente de todas, la Renta Vitalicia Clásica, en la que se recibe un pago mensual y se mantiene el usufruto de la vivienda de por vida. Así, el propietario se asegura seguir manteniendo su hogar en propiedad hasta el momento de su muerte.
Finalmente, también existe la Renta Vitalicia fuera del hogar. Bajo esta modalidad, el propietario recibe un pago mensual por su vivienda, pero no tiene el usufructo porque vive en otra residencia.
¿Quién puede contratar una renta vitalicia inmobiliaria?
Este tipo de productos están enfocados a las personas mayores de 65 años que tengan una vivienda en propiedad. Es decir, que los requisitos aparentes para poder contratarlo son sencillos, ya que solo bastaría con poseer una propiedad inmobiliaria y superar esa barrera de edad. Aunque, hay algunas entidades que ofrecen estos servicios y ponen la frontera en los 60 años.
¿Cuánto puedes obtener con la renta vitalicia por vender tu casa?
Lo cierto es que para esta pregunta no hay una respuesta cerrada, ni mucho menos. Aquí dependerá de la valoración del inmueble. Por tanto, influye la localización del mismo, el tamaño, los años, la conservación… Además de los detalles de la propiedad en sí, también influye los años que tenga el propietario de la misma y la modalidad de contratación de las tres mencionadas.
Es decir, la cantidad puede ser muy variable, y depende de diversos factores. La entidad será la encargada de fijar un precio a pagar de forma mensual después de haber realizado un estudio de cada caso. Lo que sí que es cierto es que las cantidades a recibir por la renta vitalicia inmobiliaria son también más elevadas que en el caso de las hipotecas inversas, que es una modalidad diferente.
Por ejemplo, para una vivienda valorada en 200.000 euros, en las que el propietario tenga entre 66 y 70 años, la renta mensual a recibir puede ser de unos 550 euros. Mientras que, si se tiene de 76 a 80 años, subiría a 1.120 euros al mes.
¿Hay que pagar impuestos por una renta inmobiliaria vitalicia?
Cabe destacar que entre las ventajas de la renta vitalicia inmobiliaria se encuentra el hecho de no tener que pagar el IBI, la contribución o el seguro de continente del hogar, que recaerán en manos del nuevo propietario del domicilio.
En cuanto al resto de tributos, las personas mayores de 70 años gozan de un excelente tratamiento fiscal, ya que tienen una exención del 92% sobre las rentas que reciben al momento de realizar la declaración del IRPF. Mientras que, aquellos que tengan entre 66 y 69 años tendrán una exención del 80% sobre el IRPF.
Alternativas a la renta inmobiliaria vitalicia
La renta vitalicia inmobiliaria tiene le hándicap de que no permite el rescate de la vivienda por parte de los herederos, como sí ocurre con la hipoteca inversa. Por tanto, es necesario saber esta diferenciación para valorar otras alternativas a esta modalidad.
En el caso de la hipoteca inversa, la entidad abona un pago mensual al propietario a cambio de que esa deuda será devuelta, más los intereses generados, por los herederos. Por su parte, los herederos mantienen la propiedad y pueden decidir satisfacer la deuda y quedarse con la vivienda de sus padres o, por el contrario, vender la vivienda pagar la deuda y seguir ganando algo de rentabilidad por la venta.