Descripción
WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.
VILLAS DEL NOGAL S COOP, solicita financiación a wecity para esta oportunidad de inversión. Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor. Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.
Skin in the game: «En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»
La inversión
La oportunidad de inversión consiste en financiar los costes de adquisición de una parcela urbana localizada en Colmenar Viejo, Madrid, para el posterior desarrollo de un edificio de 33 viviendas. La promoción se desarrolla en régimen de cooperativa.
El solar cuenta con una superficie de 2.942,39 m2, sobre la cual se levantará la promoción, en los 3.812 m2 de superficie edificable. Las futuras viviendas contarán con jardín, piscina y zonas comunes, además de 58 plazas de aparcamiento. A nivel comercial, se han reservado el 18,18% de las viviendas (6 de 33).
El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 2.660.000€ a tipo fijo que contará con una garantía hipotecaria de 1er grado.
El promotor aportará fondos propios por importe de 1.362.000 € (34%) que también se destinarán a sufragar la compra. El pago del IVA se realizará a través de una póliza con una entidad bancaria.
A través de wecity puedes participar en una operación de préstamo a tipo fijo con un interés anual del 11% en un plazo estimado de 12 meses (6 de obligado cumplimiento) con una posibilidad de prórroga de 6 meses adicionales.
La salida de los inversores se produce con la entrada del préstamo promotor, una vez se obtenga licencia y las ventas exigidas por la entidad financiera.
El pago de intereses + la devolución del capital invertido se realizará a vencimiento.
Con una inversión mínima de 500 €, puedes participar en esta oportunidad con una excelente rentabilidad y con las máximas garantías. El beneficio total estimado es del 11% a 12 meses o de un 16,5% si el plazo final es con la prórroga de 6 meses.
Datos clave de la oportunidad
- Objeto del préstamo: Adquisición de una parcela urbana localizada en la Calle Margarita Salas, 1-3, Colmenar Viejo, Madrid.
- Garantía: hipotecaria 1er grado.
- Plazo: 12 meses (+ 6 meses prórroga opcional).
- Tipo de interés: 11% anual.
- Rentabilidad total estimada: 11%.
- Pago de intereses: a vencimiento.
- Tasación ECO: 3.854.918,10 € (LTV actual: 69%).
- Ventas: 6/33 (18,18%).
- Aportaciones:
- Aportaciones cooperativistas: 1.362.000 € (33,87%).
- Préstamo wecity: 2.660.000 €.
- Inversión mínima: 500 €.
Tasación ECO
La tasación actual con finalidad de garantía hipotecaria, (Orden ECO 805/2003) asciende a 3.854.918,10 € . Esto supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 69%.
La entidad tasadora independiente encargada de identificar el valor es UVE VALORACIONES, cuya denominación social es UVE Valoraciones SA, y se encuentra inscrita como Sociedad de Tasación Homologada por el Banco de España con el número 4631.
El proyecto
Localización
La promoción se encuentra en Cerca de la Tejera, un nuevo desarrollo urbanístico de Colmenar Viejo que cuenta con todos los servicios necesarios.
Accesos: A escasos minutos de la salida a la M-607 y red de transporte público (Renfe Cercanías y líneas de autobuses) que conectan con Madrid y con fácil acceso al centro de Colmenar Viejo, en una excepcional localización donde no hay bullicio.
Zonas comerciales: Situada en una zona cercana al Centro Comercial El Ventanal de la Sierra, o supermercados como Mercadona y Ahorra Más.
Centros deportivos: como el Polideportivo Lorenzo Rico, Martín Colmenarejo o La Magdalena; el campo de fútbol Alberto Ruíz o las Piscinas municipales de Santa Teresa o de Colmenar Viejo.
Dotaciones escolares: Colegios como el Federico García Lorca o Zurbarán, Institutos como Marqués de Santillana o el C.E.I.P. Fuensanta y escuelas infantiles como El Almendro, Los Enebros o El Patito feo Nursery.
Una ubicación cómoda y tranquila, que permitirá que tengas una vida con todas las necesidades cubiertas.
La garantía hipotecaria
El préstamo tendrá como garantía hipotecaria en 1er grado sobre el activo y la construcción, localizado en la calle Margarita Salas, 1-3, Colmenar Viejo (Comunidad de Madrid).
Según el informe de tasación realizado por UVE, la tasación actual asciende a 3.854.918,10 €. El préstamo a realizar a la cooperativa es de 2.660.000 €, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 69%.
Agente de garantías
La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, de los derechos reales de hipoteca inmobiliaria en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.
El Agente de Garantías elegido para este proyecto es Ceiba Global Alternative Investments SL, sociedad dedicada a la prestación de servicios fiduciarios mediante contrato o mandato”.
Ceiba Global, es una sociedad propiedad de Ceiba Legal SL, un despacho de abogados especializado en financiación alternativa que presta servicios a varios vehículos de inversión.
En 2023, Ceiba Legal prestó servicios de asesoramiento jurídico por importe de 150.000.000 €, formalizando y estructurando más de 60.000.000 € en operaciones de financiación alternativa.
En estos momentos, es uno de las firmas más reconocidas en el mercado español en la estructuración de operaciones de deuda con garantías reales.
Adicionalmente, Ceiba presta asesoramiento jurídico a wecity a lo largo de toda la vida del préstamo, desde la estructuración a la ejecución hipotecaria.
Monitoring
El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite. El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity.
Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺
Aviso de riesgo
Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.
Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados
Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”
Riesgo de crédito
El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo.
Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico.
Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo.
Riesgo de incumplimiento
El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda.
Riesgo de rendimiento inferior o retrasado
El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses.
Riesgo de iliquidez de la inversión
El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo.
Otros riesgos
Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.