Marbella-Villa Limón

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Marbella-Villa Limón

viernes, 25 de octubre del 2024 a las 12:00h

Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor, así como el periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

  • Objeto del préstamo: Cancelación de deuda hipotecaria  y pago de los costes de finalización de obra para el desarrollo de una villa de lujo localizada en la calle Menchu Escobar, 62c, Guadalmina, Marbella.
  • Tipología: Préstamo a tipo fijo
  • Garantía: Hipotecaria de 1er grado
  • Plazo: 12 meses (+ 6 meses posible prórroga)
  • Tipo de interés: 12% anual
  • Pago de intereses: a vencimiento
  • Valoración ECO (actual): 2.826.098 € | LTV actual: 69%
  • Valoración ECO (HET): 4.155.705 € | LTV HET: 47%
  • Primera disposición: 1.750.000 € | LTV 1ª disposición: 62%
  • Aportaciones:
    • Promotor: 1.073.402 €
    • Préstamo wecity: 1.950.000 €
  • Inversión mínima: 500 €
  • Inversión máxima: Sin límites de inversión

El promotor Planview, S.L, solicita financiación a través de wecity para la cancelación de un préstamo hipotecario por importe de 1.410.300 € y sufragar los costes de finalización de obra de una villa de lujo localizada en la calle Menchu Escobar, 62c, en la urbanización Guadalmina Baja, Marbella.

El solar cuenta con una superficie de 1.000 m2 sobre los que se levantará una vivienda unifamiliar con una superficie construida de 496 m2 distribuidos en dos plantas, sótano y solárium. El proyecto cuenta con Licencia de Obra para el desarrollo de 1 vivienda de 4 dormitorios en suites, además de garaje interior para 4 coches, sala de cine, gimnasio y amplios jardines con piscina y cocina exterior. Hasta el momento, se ha certificado un avance de obra del 74,61%. La vivienda está a la venta en 3.850.000 €.

El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 1.950.000 € a tipo fijo, que contará con garantía hipotecaria de 1er grado

El promotor ha aportado hasta la fecha fondos propios por importe de 1.073.402,37 € (35,50%), que han ido destinados a la adquisición del suelo, gastos técnicos, legales y tasas.Se estima que la devolución del préstamo a los inversores de wecity se produzca con la venta y entrega de la vivienda al comprador final.

El proyecto

Localización y entorno

La zona de Guadalmina en Marbella es una de las áreas más exclusivas y demandadas de la Costa del Sol, ideal para quienes buscan propiedades de lujo y tranquilidad. Situada junto a prestigiosos campos de golf como el Real Club de Golf Guadalmina, esta área ofrece un entorno residencial de alto nivel, rodeado de naturaleza y con acceso cercano a servicios de calidad.

Además, Guadalmina goza de excelente conexión con el centro de Marbella y Puerto Banús, famosas por su vida social, boutiques de lujo y restaurantes de primer nivel. La combinación de exclusividad, entorno natural y cercanía a servicios hace de Guadalmina una excelente opción tanto para vivir como para invertir en propiedades con alto potencial de rentabilidad.

Garantía hipotecaria y tasación

El préstamo tendrá como garantía una hipoteca de 1er grado sobre el activo situado en calle Menchu Escobar, 62c, Guadalmina Baja, Marbella.

Según el informe de tasación realizado por VALUM, la tasación actual asciende a 2.826.097,98 € y la tasación HET a 4.155.705,57 €. El préstamo a realizar a la promotora es de 1.950.000 €, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 69%, un Loan to Value (LTV) sobre Hipótesis de Edificio Terminado (HET) del 47% y un Loan to Value (LTV) sobre primera disposición de 62%.


Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, de los derechos reales de hipoteca inmobiliaria en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

El Agente de Garantías elegido para este proyecto es Ceiba Global Alternative Investments SL, sociedad dedicada a la prestación de servicios fiduciarios mediante contrato o mandato”.

Ceiba Global, es una sociedad propiedad de Ceiba Legal SL, un despacho de abogados especializado en financiación alternativa que presta servicios a varios vehículos de inversión.

En 2023, Ceiba Legal prestó servicios de asesoramiento jurídico por importe de 150.000.000 €, formalizando y estructurando más de 60.000.000 € en operaciones de financiación alternativa.

En estos momentos, es uno de las firmas más reconocidas en el mercado español en la estructuración de operaciones de deuda con garantías reales.

Adicionalmente, Ceiba presta asesoramiento jurídico a wecity a lo largo de toda la vida del préstamo, desde la estructuración a la ejecución hipotecaria.

Rating

wecity, como proveedores de servicios de financiación participativa y en atención al cumplimiento del Reglamento Delegado (UE) 2024/358 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, ofrece una descripción del método de calificación crediticia
 de los proyectos utilizado para calcular las calificaciones. Si el cálculo se basa en cuentas que no han sido auditadas, se hará constar claramente en la descripción del método.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite.  El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.  

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”.

Riesgo de crédito 

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo. 

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo. 

Riesgo de incumplimiento 

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda. 

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado 

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses. 

Riesgo de iliquidez de la inversión 

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo. 

Otros riesgos 

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.   

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