¿Qué diferencia hay entre la hipoteca y la prenda?

Qué diferencia hay entre la hipoteca y la prenda

Cuando nos adentramos en el amplio mundo de la financiación descubrimos un amplio campo de términos legales que, quizá, hasta ese momento desconocíamos. Seguramente hayas oído hablar de las hipotecas, pero ¿de las prendas o de la pignoración? Para que te conviertas en todo un experto, o al menos para que sepas diferencia entre cada uno de los conceptos, te explicamos qué diferencia hay entre la hipoteca y la prenda.

¿Qué es la hipoteca?

Empecemos por lo más fácil y cercano a nosotros: la hipoteca. 

Una hipoteca es un tipo de préstamo característico en la que deudor y acreedor acuerdan una financiación que tiene como garantía hipotecaria un bien inmueble. O lo que es lo mismo, si se produce un impago, el acreedor tiene el derecho a quedarse con la propiedad.

¿Qué es la prenda?

La prenda, a diferencia de la hipoteca, es un tipo de préstamo que toma como garantía un bien mueble. En este caso puede tratarse de joyas, obras de arte, bienes preciados o, incluso un coche. 

Aunque no es un préstamo demasiado habitual, tampoco es algo exótico.

¿Qué diferencia hay entre la hipoteca y la prenda?

Aunque se puede entrever las diferencias entre ambas, no solamente se distancian en los puntos mencionados. Lo hacen también en el uso del bien que sirve como garantía.

Es decir, en una hipoteca, el hipotecado puede residir en la propiedad y disfrutar de ella mientras paga el préstamo. Si bien la hipoteca queda en el Registro de la Propiedad y hasta que no finalice, el banco siempre tiene el derecho de quedarse con la propiedad en caso de impago, el deudor puede utilizar la vivienda.

En el caso de la prenda no es así. Es más, si la garantía es una joya, un cuadro o un coche, este bien debe quedar retenido por el acreedor o por un tercero. Esto será así hasta que el deudor salde el préstamo. Entonces, cuando esto sucede, puede recuperar su propiedad. 

Podemos tener una reminiscencia de las antiguas casas de empeños, donde se podía pedir dinero a cambio de un bien. En caso de no devolverlo, se perdía también ese objeto de valor. Es algo parecido a eso.

Ahora bien, también existen algunas excepciones en las que no es necesario hacer un desplazamiento del bien al acreedor. Depende de la tipología del bien y de las exigencias del acreedor. En cualquier caso, en caso de impago, ese bien pasa a ser de la persona que ha prestado el dinero.

Otras diferencias entre la hipoteca y la prenda

Una diferencia importante se encuentra también en la legalidad de ambos contratos, o más bien en la constitución. 

Para la hipoteca, se vuelve imprescindible la escritura pública y la inscripción en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, en la prenda no siempre se necesita este registro, aunque se debe reflejar de manera contractual ante terceros.

Hipotecas sobre bienes muebles

Quizá nunca hayas escuchado este concepto, pero existen las hipotecas sobre bienes muebles. Suele darse en casos donde el préstamo puede ser de mayor envergadura o para comprar bienes muebles con durabilidad. Por ejemplo, para comprar una aeronave o maquinaria industrial, se puede utilizar la vía de la hipoteca sobre bienes muebles.

En este caso, también es necesario formalizar el préstamo mediante escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad. Además, queda recogido en el Art. 13 de la Ley sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento.

Los usos más típicos de este tipo de financiación se encuentran en las actividades comerciales o laborales. Es habitual si una aerolínea quiere comprar una aeronave, o un millonario adquiere un avión o helicóptero privado. También puede formalizarse para camiones o barcos, que son considerablemente más caros que un coche.

Igualmente, para formalizar el traspaso de un negocio, como una farmacia o una licencia de taxi, también suele ser habitual aplicar esta fórmula. El motivo no es otro que, si se opta por ella, el prestatario puede seguir utilizando el bien mueble, mientras que con la prenda no lo podría hacer. No tendría sentido pedir un préstamo para un camión si no se puede utilizar.

La pignoración del préstamo

Lo que conocemos como prenda, también se puede llamar en ocasiones préstamo pignorado. En el caso de los préstamos pignorados, lo habitual es que lo que se entregue como garantía sea algún tipo de valor financiero. Por ejemplo, oro, títulos de crédito, bonos del Estado, etc. 

Pero, también puede ser habitual hacerlo con los derechos de explotación de un local o con obras de arte. En este caso, lo que se entregue es la prenda.

No debe confundirse préstamo pignorado con un crédito o préstamo lombardo. Este último, el prestatario tiene derechos de uso sobre sus activos, que generalmente suelen ser financieros, mientras que, en el pignorado, queda en manos del acreedor, que lo usa como garantía.

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