Madrid La Dehesa

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Madrid-La Dehesa

Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor, así como el periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

  • Objetivo del préstamo: Financiar costes de adquisición.
  • Tipología: Préstamo a tipo fijo.
  • Garantía: Garantía hipotecaria de 1er grado.
  • Plazo: 9 meses (+3 meses posible prórroga).
  • Obligado cumplimiento: 3 meses.
  • Tipo de interés: 12% anual.
  • Pago de intereses: a vencimiento.
  • Tasación actual (ECO): 7.704.127,44 € | LTV actual préstamo: 36,45% (teniendo en cuenta las fases I y II del préstamo)
  • Tasación actual (ECO): 7.704.127,44 € | LTV actual 1º Fase:  28,56%
  • Rating: AA
  • Aportaciones:
    • Promotor: 7.404.221,61 €
    • Préstamo wecity: 2.800.000,00 € (teniendo en cuenta las fases I y II del préstamo)
  • Inversión mínima: 500 €
  • Inversión máxima: 3000 € durante la primera hora.

La cooperativa Bacerres S. Coop. Madrileña, solicita financiación a través de wecity para financiar los costes de adquisición de la futura parcela resultante 09.01 del Proyecto de Reparcelación Aprobado Inicialmente del sector 1 «Cerro del Baile», San Sebastián de los Reyes (Madrid). La gestora de la cooperativa es Serprocol, una de los principales promotores de la Comunidad de Madrid.

La futura parcela tendrá calificación de Vivienda Protegida de Precio Limitado (VPPL) y contará con una superficie edificable de 9.212 m2 residenciales y 846 m2 terciarios sobre los que se desarrollarán 80 viviendas y un local comercial con piscina y zonas comunes. A nivel urbanístico, se trata de un suelo en desarrollo urbanístico con el Plan Parcial Aprobado Definitivamente y los Proyectos de Reparcelación y Urbanización Aprobados inicialmente (pendiente de Aprobación Definitiva). 

Comercialmente, se han adjudicado 61 de las 80 viviendas que forman parte de la promoción. Hasta el momento los cooperativistas han realizado aportaciones de 7.404.211 € y tienen comprometidos 600.000 € adicionales para la compra.

El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 2.800.000 € a tipo fijo, que contará con garantía hipotecaria de 1er grado, activándose una primera fase del mismo por importe de 2.200.000 € que irá destinada a la adquisición del activo. El promotor tendrá la posibilidad de activar una segunda fase de 600.000 € antes del 17 de abril, que cubrirá la posibilidad de que algunos de los cooperativistas no cumplan con las aportaciones pendientes según el calendario de pagos.

La devolución del préstamo a los inversores de wecity se producirá con la venta de las 19 viviendas y el local comercial pendiente de adjudicación.

A través de wecity puedes participar en una operación de préstamo a tipo fijo con un interés anual del 12% en un plazo estimado de 9 meses (3 de obligado cumplimiento) con una posibilidad de prórroga de 3 meses adicionales.

El pago de intereses más la devolución del capital invertido se realizará a vencimiento.

El proyecto

Localización y entorno

El activo está ubicado en el nuevo desarrollo de Cerro del Baile, una expansión del casco urbano de San Sebastián de Los Reyes, un entorno privilegiado, entre los municipios de Alcobendas y Fuente del Fresno.

San Sebastián de los Reyes es una de las zonas de la Comunidad de Madrid más atractivas para vivir. Tiene una ubicación excepcional a tan solo 15 minutos de la ciudad de Madrid y se caracteriza por ser uno de los municipios más prósperos de España.

Cerro del Baile es el desarrollo más importante de la zona norte y se encuentra pegado a uno de los espacios naturales más extensos de la Comunidad de Madrid, la Dehesa Boyal, lo que lo convierte en el lugar ideal para vivir si se desea disfrutar de un entorno tranquilo y seguro, pero sin renunciar a la proximidad y comodidades de la ciudad.

Garantía hipotecaria y tasación

El préstamo tendrá como garantía una hipoteca de 1er grado sobre el activo localizado en la sector 1 AR-2 «Cerro del Baile», San Sebastián de los Reyes (Madrid).

Según el informe de tasación realizado por GESVALT, la tasación actual asciende a 7.704.127,44 €. El préstamo a realizar a la promotora es de 2.200.000,00 €, lo que supone un Loan to Value 1º Fase (LTV) sobre tasación actual del 28,56%. En caso de activar la segunda fase del préstamo de 600.000 €, el LTV del préstamo pasaría a ser de 36,45%.

Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, del derecho real de prenda en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

En este caso, el Agente de Garantías designado será el que aparece indicado en la Ficha de Datos Fundamentales de la inversión.

Rating

wecity, como proveedores de servicios de financiación participativa y en atención al cumplimiento del Reglamento Delegado (UE) 2024/358 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, ofrece una descripción del método de calificación crediticia de los proyectos utilizado para calcular las calificaciones. Si el cálculo se basa en cuentas que no han sido auditadas, se hará constar claramente en la descripción del método.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite.  El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”.

Riesgo de crédito

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo.

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico.

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo.

Riesgo de incumplimiento

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda.

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses.

Riesgo de iliquidez de la inversión

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo.

Otros riesgos

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.

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