Barcelona-Premià de Dalt

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Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor, así como así como el periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

  • Objeto del préstamo: financiación de la ejecución de la obra de una villa de lujo en Camí a Premià de Dalt 90, Teià, Barcelona
  • Garantía: Hipoteca de 1er grado
  • Plazo: 15 meses (+6 meses posible prórroga)
  • Tipo de interés: 11% anual
  • Rentabilidad total estimada: 13,75%
  • Pago de intereses: a vencimiento
  • Valoración ECO (actual): 627.623,36 € | LTV actual: 119,49%
  • Valoración ECO (HET): 4.114.475,31 € | LTV HET: 48,61%
  • Primera disposición: 280.851,70 € | LTV 1ª disposición: 44,75%
  • Rating: AA
  • Aportaciones:
    • Promotor: 794.592,99€
    • Préstamo wecity: 750.000,00€
  • Inversión mínima: 500 €
  • Inversión máxima: Sin límites de inversión

El promotor Prosperity Grounds, S.L, solicita financiación a través de wecity para sufragar los costes de ejecución de la obra de una villa de lujo en Camí a Premià de Dalt 90, Teià, Barcelona.

El proyecto tiene la Licencia de Obra concedida. La vivienda cuenta con una superficie de parcela de 800 m2 sobre los que se desarrollará una vivienda de 588,15 m2. La villa contará con 5 dormitorios, jardín y piscina privada, además de unas espectaculares vistas al mar, y una construcción con materiales de primera calidad. 

El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 750.000 € a tipo fijo, que contará con garantía hipotecaria de 1er grado. Este préstamo será el correspondiente a la priemera fase de un préstamo total, que podrá ascender a un máximo de 2.000.000 € en tres fases.

La salida de los inversores de wecity se producirá con la venta de la villa, que actualmente está en proceso de comercialización y su precio de venta es de 4.200.000 €.

A través de wecity puedes participar en una operación de préstamo a tipo fijo con un interés anual del 11% en un plazo estimado de 15 meses (6 de obligado cumplimiento) con una posibilidad de prórroga de 6 meses adicionales.

Con una inversión mínima de 500 €, puedes participar en esta oportunidad con una excelente rentabilidad y con las máximas garantías. El beneficio total estimado es del 13,75% a 15 meses o de un 19,25% si el plazo final es con la prórroga de 6 meses. 

El proyecto

Localización y entorno

Teià es el barrio residencial más exclusivo de la costa de Barcelona, situado en la comarca del Maresme, Cataluña, a lo largo de la costa del Mar Mediterráneo. Este encantador pueblo es conocido por su ambiente tranquilo y su rica historia, aunque su desarrollo moderno ha estado fuertemente ligado a la actividad agrícola y vinícola. 

Este municipio cuenta con un atractivo centro histórico y una serie de senderos naturales que son populares tanto entre los residentes como los visitantes. En la actualidad, es un pueblo que combina tradición y modernidad, con una vida cultural activa y una creciente oferta de servicios y comercios. 

La vivienda se sitúa en lo alto del pueblo, conocida por sus impresionantes vistas a la ladera y al mar. Teià es más que un lugar para vivir; es un refugio donde la naturaleza y la tranquilidad se encuentran, ofreciendo un entorno perfecto para aquellos que buscan un equilibrio entre la vida moderna y la serenidad del entorno natural. 

Garantía hipotecaria

El préstamo tendrá como garantía una hipoteca de 1er grado sobre el activo y la construcción, localizado en Camí a Premià de Dalt, Teià, Barcelona.

Según el informe de tasación realizado por Sociedad de Tasación, la tasación actual asciende a  627.623,36 € y la tasación HET a 4.114.475,31 €. El préstamo a realizar a la promotora es de 750.000 €, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 119,49%, un Loan to Value (LTV) sobre Hipótesis de Edificio Terminado (HET) del 48,61% y un Loan to Value (LTV) sobre primera disposición de 44,75%.

Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, de los derechos reales de hipoteca inmobiliaria en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

El Agente de Garantías elegido para este proyecto es Ceiba Global Alternative Investments SL, sociedad dedicada a la prestación de servicios fiduciarios mediante contrato o mandato”.

Ceiba Global, es una sociedad propiedad de Ceiba Legal SL, un despacho de abogados especializado en financiación alternativa que presta servicios a varios vehículos de inversión.

En 2023, Ceiba Legal prestó servicios de asesoramiento jurídico por importe de 150.000.000 €, formalizando y estructurando más de 60.000.000 € en operaciones de financiación alternativa.

En estos momentos, es uno de las firmas más reconocidas en el mercado español en la estructuración de operaciones de deuda con garantías reales.

Adicionalmente, Ceiba presta asesoramiento jurídico a wecity a lo largo de toda la vida del préstamo, desde la estructuración a la ejecución hipotecaria.

Rating

wecity, como proveedores de servicios de financiación participativa y en atención al cumplimiento del Reglamento Delegado (UE) 2024/358 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, ofrece una descripción del método de calificación crediticia
 de los proyectos utilizado para calcular las calificaciones. Si el cálculo se basa en cuentas que no han sido auditadas, se hará constar claramente en la descripción del método.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite. El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.  

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”  

Riesgo de crédito 

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo. 

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo. 

Riesgo de incumplimiento 

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda. 

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado 

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses. 

Riesgo de iliquidez de la inversión 

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo. 

Otros riesgos 

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.   

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