Cádiz-El Puerto de Sta. María

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Cádiz-El Puerto de Sta. María

Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Metales El Carmen SL, solicita financiación a wecity para esta oportunidad de inversión. Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor. Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

La oportunidad de inversión consiste en financiar los costes de ejecución de obra (actualmente en fase de movimiento de tierras) de una parcela en la calle Ángel Urzáiz, 9, El Puerto de Santa María (Cádiz). La parcela cuenta con una superficie de 325 m2 en la que se proyecta un edificio de 508 m2 construidos, en la que se desarrollará una promoción de un edificio de 8 viviendas y 9 plazas de aparcamiento. Actualmente, el proyecto cuenta con licencia de obra y el nivel de preventa es del 100% de las viviendas (8 de 8 unidades), con reservas de 5.000 €.

El proyecto se financiará mediante un préstamo hipotecario de 600.000€ a tipo fijo con Garantía Hipotecaria de 1er grado.

El promotor (Metales El Carmen SL) ha aportado fondos propios por importe de 127.250 €, que junto a los 600.000 € solicitados a los inversores de wecity, alcanzan una suma total de 727.250 € necesarios para la ejecución del proyecto. La salida de los inversores de wecity se produce con la entrega de las viviendas a los compradores, una vez se obtenga licencia de primera ocupación.

A través de wecity puedes participar en una operación de préstamo a tipo fijo con un interés anual del 12% en un plazo estimado de 12 meses (6 de obligado cumplimiento) y con posibilidad de prórroga de 6 meses adicionales. 

Con una inversión mínima de 500 €, puedes participar en esta oportunidad con una excelente rentabilidad y con las máximas garantías. El beneficio total estimado es del 12% a 12 meses o de un 18% si el plazo final es de 18 meses incluyendo la prórroga. 

La devolución del capital junto con los intereses ordinarios será al vencimiento del proyecto.

Claves de la inversión

  • Objeto del préstamo: Financiar los costes de ejecución de obra de una promoción de 8 viviendas en la calle Ángel Urzáiz, 9, El Puerto de Santa María, Cádiz.
  • Garantía: hipotecaria 1er grado.
  • Garantía adicional: promesa de poder irrevocable de venta.
  • Plazo: 12 meses
  • Prórroga opcional: 6 meses
  • Tipo de interés: 12% anual.
  • Rentabilidad total estimada: 12%.
  • Pago de intereses: a vencimiento.
  • LTV 1ª disposición: 50,18% (1ª disposición: 162.345 €).
  • Tasación ECO actual: 323.543 € (LTV: 185%).
  • Tasación ECO HET: 1.354.839 € (LTV HET: 44,29%).
  • Aportaciones:
    • Fondos propios promotor: 127.250 €
    • Préstamo WECITY: 600.000 €
  • Inversión mínima: 500 €.
  • Inversión máxima: 3.000 €*

*La inversión maxima estará limitada durante la primera hora a partir de la apertura del proyecto

Tasación ECO

La tasación actual con finalidad de garantía hipotecaria, (Orden ECO 805/2003) asciende a 323.543 €  . Esto supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 185%.

La tasación sobre hipótesis de edificio terminado, asciende a 1.354.839 €. Esto supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación HET del 44,29%.

El Loan to Value (LTV)sobre primera disposición es del 50,18%.

La entidad tasadora independiente encargada de identificar el valor es UVE VALORACIONES, cuya denominación social es UVE Valoraciones SA, y se encuentra inscrita como Sociedad de Tasación Homologada por el Banco de España con el número 4631.

El proyecto

El proyecto consiste en la promoción de 8 viviendas en calle Ángel Urzáiz, 9, El Puerto de Santa María, Cádiz.

Localización

El Puerto de Santa María, ubicado en la costa de Cádiz, es un destino destacado en el ámbito inmobiliario por su combinación de belleza natural, patrimonio histórico y calidad de vida. Con un clima mediterráneo templado, playas de arena dorada y una rica oferta cultural y gastronómica, esta ciudad se ha convertido en un lugar codiciado para la compra y alquiler de propiedades. La infraestructura de la ciudad es moderna y cuenta con excelentes conexiones por carretera y ferrocarril, así como una buena conexión con el aeropuerto de Jerez.

Inversores inmobiliarios encuentran en El Puerto de Santa María oportunidades en el mercado de alquiler turístico, especialmente durante la temporada alta, así como en el desarrollo de nuevas promociones residenciales. La demanda de viviendas vacacionales y de segunda residencia ha crecido considerablemente, impulsada por su atractivo como destino turístico y la calidad de vida que ofrece a sus residentes. En resumen, El Puerto de Santa María no solo ofrece un entorno idílico para vivir, sino también interesantes oportunidades para la inversión inmobiliaria, tanto en el sector residencial como en el turístico.

Garantía Hipotecaria

El préstamo tendrá como garantía hipotecaria en 1er grado sobre el activo y la construcción localizadas en la calle Ángel Urzáiz, 9, El Puerto de Santa María, Cádiz.

Según el informe de tasación realizado por UVE VALORACIONES, la tasación actual asciende a  323.543 €. El préstamo a realizar a la promotora es de 600.000€, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre tasación actual del 185% y un Loan to Value de 1ª disposición del 50,18%.

Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, de los derechos reales de hipoteca inmobiliaria en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

El Agente de Garantías elegido para este proyecto es Ceiba Global Alternative Investments SL, sociedad dedicada a la prestación de servicios fiduciarios mediante contrato o mandato”.

Ceiba Global, es una sociedad propiedad de Ceiba Legal SL, un despacho de abogados especializado en financiación alternativa que presta servicios a varios vehículos de inversión.

En 2023, Ceiba Legal prestó servicios de asesoramiento jurídico por importe de 150.000.000 €, formalizando y estructurando más de 60.000.000 € en operaciones de financiación alternativa.

En estos momentos, es uno de las firmas más reconocidas en el mercado español en la estructuración de operaciones de deuda con garantías reales.

Adicionalmente, Ceiba presta asesoramiento jurídico a wecity a lo largo de toda la vida del préstamo, desde la estructuración a la ejecución hipotecaria.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las disposiciones que solicite. El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.  

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”.

Riesgo de crédito 

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo. 

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo. 

Riesgo de incumplimiento 

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda. 

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado 

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses. 

Riesgo de iliquidez de la inversión 

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo. 

Otros riesgos 

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.   

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