Oporto-Boavista

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Descripción

WECITY cumple con lo establecido en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y en el Título V de la Ley 5/2015 de fomento de la financiación empresarial modificado por la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Está autorizada por la CNMV como Proveedor de Servicios de Financiación Participativa, inscrito en el registro con el número 9, con propuesta favorable del Banco de España.

Inversor, antes de realizar tu inversión lee la información básica para el cliente inversor, así como el periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados.

Skin in the game«En atención al cumplimiento del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de octubre de 2020 relativo a los proveedores europeos de financiación participativa se informa que en esta oportunidad podrán invertir socios, directivos y empleados de wecity. Estas inversiones se harán con arreglo a las mismas condiciones que las del resto de inversores sin recibir trato preferente ni acceso privilegiado a información»

La inversión

  • Objeto del préstamo: Cancelar una deuda hipotecaria con una entidad bancaria, Banco L. J. Carregosa, S.A., y financiar la fase final de ejecución de obra.
  • Tipología: Préstamo a tipo fijo
  • Garantía: Hipotecaria de 1er grado
  • Plazo: 12 meses (+ 6 meses posible prórroga)
  • Tipo de interés: 12% anual
  • Avance de las obras: 90%
  • Pago de intereses: a vencimiento
  • Valor estimado de venta: 4.472.000€ (LTV actual: 44,72%)
  • Primera disposición: 1.822.020€ | LTV 1ª disp: 40,74%
  • Rating: A
  • Aportaciones:
    • Promotor: 1.261.670€.
    • Préstamo wecity: 2.000.000€.
  • Inversión mínima: 500 €
  • Inversión máxima: Sin límites de inversión

El promotor CM3 Invest solicita financiación a través de wecity para cancelar una deuda hipotecaria con una entidad bancaria, Banco L. J. Carregosa, S.A., y llevar a cabo la finalización de obra de las cinco villas localizadas en la Rua Engenheiro António de Almeida 78 Ramalde, Oporto. 

La parcela tiene una superficie aproximada de 1.445 m2, con una superficie bruta total de construcción de 1.356 m2, dividida en 3 plantas sobre rasante y 1 bajo rasante, teniendo cada vivienda 226 m2.  La superficie construida de cada vivienda es de 466,2 m2. Hasta el momento, se ha certificado un avance de obra del 90%

El proyecto se financiará a través de un préstamo hipotecario por importe de 2.000.000€ a tipo fijo, que contará con garantía hipotecaria de 1er grado

El promotor ha aportado hasta la fecha fondos propios por importe de 1.261.670 € (38,68%), que han ido destinados a la adquisición del suelo, gastos de obras, técnicos, legales y tasas.Se estima que la devolución del préstamo a los inversores de wecity se produzca con la venta y entrega de las cinco viviendas al los compradores finales.

El proyecto

Localización y entorno

El barrio de Ramalde, en Oporto, es una zona residencial en expansión que combina modernos edificios con una variedad de espacios comerciales. Su ubicación destaca por la cercanía a servicios clave como el centro comercial NorteShopping, el Hospital CUF Porto y el Parque da Cidade, el mayor parque urbano de Portugal. Además, ofrece excelentes conexiones de transporte público, como la estación de metro Casa da Música, y se encuentra cerca del Polo Universitario de la Universidade do Porto. La proximidad al Estádio do Bessa, al Mercado Bom Sucesso y a amplias áreas verdes y deportivas, convierte a este barrio en una opción atractiva tanto para vivir como para invertir.

Garantía hipotecaria y tasación

La financiación estará garantizada por una hipoteca de 1er grado sobre el terreno y toda la construcción ya realizada en cinco de las seis villas de la promoción, situada en Rua Engenheiro António de Almeida 78 Ramalde, Oporto.

Según el estudio de mercado realizado por ERA Imobiliária, el precio de venta estimado de cada villa es de 991.828 €. Como resultado, las 5 villas tendrían un valor total de 4.472.000€. La financiación a realizar al promotor es de 2.000.000€, lo que supone un Loan to Value (LTV) sobre la tasación actual del 44,72% y un Loan to Value de la 1ª venta del 40,74%.

Agente de garantías

La constitución, conservación, gestión, administración y en su caso, ejecución, de los derechos reales de hipoteca inmobiliaria en nombre de los inversores de wecity estarán a cargo de una entidad externa a wecity.

En este caso, el Agente de Garantías designado será el Agente de Garantías de la ficha de datos fundamentales.

Rating

wecity, como proveedores de servicios de financiación participativa y en atención al cumplimiento del Reglamento Delegado (UE) 2024/358 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, ofrece una descripción del método de calificación crediticia
 de los proyectos utilizado para calcular las calificaciones. Si el cálculo se basa en cuentas que no han sido auditadas, se hará constar claramente en la descripción del método.

Monitoring

El promotor deberá justificar el destino de los fondos en cada una de las diposiciones que solicite.  El uso de los fondos por parte del promotor estarán monitorizados por una empresa externa a wecity. 

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/1503 🇪🇺

Aviso de riesgo

Invertir en este proyecto de financiación participativa entraña riesgos, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido. Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (**). Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y se recomienda no invertir más del 10 % de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda ceder los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda cederlos, podría sufrir pérdidas.  

Periodo de reflexión precontractual para inversores no experimentados

Los inversores no experimentados disponen de un periodo de reflexión de cuatro (4) días durante el cual pueden, en cualquier momento, revocar o desistir, en todo momento, de su oferta de inversión o de expresión de interés en la oferta de financiación participativa sin necesidad de justificar su decisión y sin incurrir en una sanción. El periodo de reflexión empieza en el momento en el que el inversor no experimentado potencial realiza una oferta de inversión o expresa su interés y expira transcurridos cuatro días naturales desde esa fecha. Para ejercer sus derechos de revocación, los Inversores podrán dirigir un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@wecity.io, rellenando el campo “asunto” de dicho correo electrónico de la siguiente forma: “REVOCACIÓN – Nombre de la Oportunidad – Nombre y apellidos del Inversor”. En el caso de haber efectuado alguna aportación dineraria vinculada a la oferta de financiación, dicho importe le será restituido a la mayor brevedad posible al wallet que, como inversor/usuario de la Plataforma “WECITY” tenga abierto en la Entidad de Pagos “LEMONWAY”.

Riesgo de crédito 

El riesgo de crédito se define como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos por parte de la contrapartida en una operación financiera. En este caso concreto, el riesgo de que el Promotor no abone el principal y/o intereses del Préstamo. 

Riesgo del sector Riesgos inherentes al sector específico

Dichos riesgos pueden ser causados, por ejemplo, por un cambio en las circunstancias macroeconómicas, una reducción de la demanda en el sector en el que opera el proyecto de financiación participativa y las dependencias en otros sectores. En todo caso el inversor debe tener presente que las condiciones económicas adversas o cambios coyunturales pueden conducir al debilitamiento de la capacidad del Promotor para cumplir con sus compromisos financieros en relación con el préstamo. 

Riesgo de incumplimiento 

El riesgo de que el promotor del proyecto pueda ser sometido a concurso de acreedores y otros sucesos que afecten al proyecto o al promotor del proyecto que resulten en la pérdida de la inversión para los inversores. Dichos riesgos pueden estar causados por una variedad de factores, incluyendo, sin limitación: cambio (grave) en las circunstancias macroeconómicas, mala gestión, falta de experiencia, fraude, que la financiación no encaje con el objeto social, fracaso en el lanzamiento del producto o falta de liquidez. En el caso de concurso del Promotor, los titulares de las créditos tendrán la consideración de créditos con privilegio especial, al estar garantizados mediante una garantía hipotecaria, conforme con la catalogación y orden de prelación de créditos establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, la “Ley Concursal”), salvo aquellos importe que aplicación del artículo 272 de la Ley Concursal deban ser clasificados, bien como crédito ordinario, bien como crédito subordinado, según corresponda. 

Riesgo de rendimiento inferior o retrasado 

El riesgo de que el rendimiento sea inferior al esperado o que el proyecto incumpla el pago de capital o de intereses. 

Riesgo de iliquidez de la inversión 

El riesgo de que los inversores no puedan vender su inversión. No existe un mercado de negociación activo para el préstamo, por lo que es posible que el inversor no pueda encontrar a un tercero a quien ceder el préstamo. 

Otros riesgos 

Riesgos que están, entre otros, fuera del control del promotor del proyecto, como riesgos políticos o regulatorios.   

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